lunes, febrero 27, 2006

Ved en trono a la noble igualdad (I)

Artículo 25º.- El Gobierno federal promoverá la inmigración europea; y no podrá restringir, limitar ni gravar con impuesto alguno la entrada en el territorio argentino de los extranjeros que traigan por objeto labrar la tierra, mejorar las industrias, e introducir y enseñar las ciencias y las artes.
Me di cuenta de esta antigualla que aún tenemos en nuestra Constitución leyendo en Clarín el reportaje Vivir entre miradas filosas y la sombra de la discriminación, de Pablo Calvo. No lo cambiaron en 1994. Lo de "europea", digo. La discriminación está consagrada en nuestra Carta Magna.
¿Tenemos derecho a quejarnos si nos discriminan en otros países? Sí, claro. Sobre todo porque no fuimos nosotros los constituyentes de 1994 (ni siquiera mento a los unitarios precursores, otros buenos hijos de puta salvados por los historiadores con la vieja mentira de las circunstancias históricas). Pero ese derecho sólo será pleno si nos quejamos con al menos el mismo ímpetu de las discriminaciones que otros hermanos sufren en nuestro país. Ah, y ese artículo 25 además de una antigualla es una hijoputez.

2 comentarios:

Anónimo dijo...

Y para cuando el posteo sobre mí?...

Anónimo dijo...

Mas que evidente mi ignorancia en numerosos ordenes de la vida incluyendo el profundo desconocimiento de nuestra constitución, de eso no hay dudas. No por eso deja de asombrarme que lejos estamos tantos, ruego que por favor no todos, representantes y representados del de trato igualitario a todos nuestros pares. Ni por consciencia, ni conveniencia ni por COHERENCIA.

El gesto humano, aquello que nos diferencia de otras especies, es la hipocresía, creo yo.